Con una inminente reforma del Código Civil, los animales de compañía dejarán de ser “cosas” para convertirse en “seres que sienten”. Hasta ahora eran reconocidos civilmente como bienes semovientes, es decir, “bienes muebles que se mueven”. ¿Qué supondrá está reforma? ¿Es España un país para mascotas?
¿Qué consecuenticas tendrá la reforma del Código Civil?
Lo que cambia es la consideración de los animales. Hasta el momento los animales eran considerados civilmente como bienes semovientes, es decir, “bienes muebles que se mueven”. Con lo cual, cuando se embargaba una vivienda, si los animales estaban dentro, como puede ser habitual en un cortijo, fincas o casas de campo, se podían embargar también los animales. Lo mismo ocurría con el desahucio.
Ahora hay un concepto que está por encima de todo eso, que es el interés del animal, su bienestar. Este un concepto equiparable al interés del menor en cuestión de menores. Atañe a todos los animales de compañía, es decir, a todos los que estén bajo el cuidado del ser humano. 03.40 min Las mascotas serán reconocidas civilmente como «seres que si
Custodias compartidas de mascotas en caso de separación o divorcio
Hasta la fecha todos conocíamos sentencias de custodias compartidas por hijos en tribunales, pero el caso de algunas personas es distinto. Cada vez son más los que acuden a juicio para recuperar la custodia de sus mascotas, una situación que se va a repetir mucho más frecuentemente con la inminente reforma del Código Civil.
Es el caso de Luisa, que recientemente ha acudido a los tribunales tras más de año y medio sin ver a su perra. A esta la adoptó junto a su pareja, pero tras separarse, el chico se la llevó alegando que la perra era suya y que “no la iba a volver a ver”. Ante esto, Luisa decidió actuar y acudir a un abogado.
Luisa se enfrentaba a un problema y es que la perra estaba a nombre su expareja. Le tocaba demostrar entonces que también era suya. ¿Cómo? Con fotos, facturas, conversaciones de WhatsApp, correos… todo tipo de pruebas. Finalmente logró ganar la custodia compartida, sin embargo, su pareja se negaba a darle a la perra. No fue hasta que puso una orden judicial y con la policía de por medio hasta que pudo disfrutar de su animal al 100%. Todo este trámite le costó alrededor de 2.000 euros.
El proceso fue duro para Luisa y su representante legal, ya que no tenían por aquel entonces leyes a las que ampararse: “Tocaba ser creativa con la normativa que teníamos”, alega la abogada. Ahora, un cambio en la legislación reconocerá a los animales como “seres que sienten”, por ello si pasan casos de este tipo el tema se argumentará sobre la base de quién lo ha cuidado, ha estado pendiente de él, más horas de convivencia… igual que con los niños. En líneas generales, en el caso de separación/divorcio, si no hay acuerdo, en los tribunales podrán decidir quién se queda con la mascota atendiendo a su bienestar. 05